Cómo presentar un recurso de revisión en México y no morir en el intento

Esta guía contiene consejos prácticos para revertir las negativas de información, reservas excesivas o respuestas incompletas por parte de las Unidades de Transparencia.

México

Por René Valencia, miembro de #CONNECTASHub

¿Qué puede hacer un periodista cuando la Unidad de Transparencia oculta información? El recurso de revisión es la solución para enfrentarse tanto a las negativas como a omisiones, para que los sujetos obligados en México tengan que revelar información y dejar precedentes, para que en el futuro otros peticionarios obtengan respuestas.

Los obstáculos más usuales frente a las Unidades de Transparencia de los tres niveles de gobierno en México son reservas de información excesivas, contestar sólo a un par de preguntas e ignorar el resto de la solicitud, así como no responder en el plazo legal o aplicar costos de cobro elevados para entregar la respuesta.

Ante las inconformidades se requiere presentar un recurso de revisión en contra de las respuestas de los sujetos obligados, la etapa posterior a una solicitud de acceso a la información. Pero puede parecer aterrador enfrentarse a la burocracia, dominar su jerga y estructurar la argumentación.

Tranquilo, las quejas no requieren de una profunda argumentación jurídica o ser un gran abogado. Los recursos de revisión serán reforzados tanto por la investigación como argumentación de las y los comisionados de los institutos de transparencia estatales o el federal que asignen para el caso.

¿Cómo empezar el recurso de revisión?

Una duda frecuente es entender bajo cuáles supuestos es viable insistir. Las razones más frecuentes son por negarse a proporcionar documentación pública, rehusarse a entregar valores estadísticos, reservar o declarar confidencial información e incumplir con los plazos límites de respuesta.

Si enfrentas alguna de las problemáticas mencionadas, lo primero será saber dónde presentar la queja y el sitio será en la misma Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) en la que se hizo la petición de información, pero aparecerá una nueva opción llamada “Queja” en un recuadro morado al final del folio de la solicitud.

Recurso de Revisión recuadro de queja de la PNT. Crédito: Captura de pantalla.

Es importante recordar verificar el plazo legal para presentar el recurso de revisión. Al examinar la solicitud de acceso a la información, se observa una nueva instrucción que establece la “fecha límite para interponer queja”. Si la fecha límite establecida en la solicitud es sobrepasada, esta será desestimada como extemporánea, requiriendo así que sea presentada nuevamente.

Al tocar la opción de “Queja” se desplegará un menú con múltiples funciones. Toma un respiro y busca la opción “Motivo de la queja*” que será el lugar en el que se presentará toda la argumentación de la queja. A continuación, te mostramos  sugerencias para estructurar el recurso y enviarlo.

Formato recurso de revisión para presentar queja en PNT. Crédito: Captura de pantalla.

Recomendaciones para redactar el recurso

El formato puede variar por el estilo del recurrente, pero existen elementos que exigen institutos de transparencia tanto estatales como el federal. La estructura debe contar con la fecha de respuesta del sujeto obligado, el folio de la solicitud y el principio al que incumplió en su respuesta.

Los principios pueden ser de máxima publicidad que deben cumplir con exponer al escrutinio público la información que poseen. Este argumento es usual para revertir reservas de información que excedan los criterios de vulnerar la seguridad del Estado, exponer datos personales o poner en riesgo la vida de personas.

Otro de los principios es el de congruencia y exhaustividad. Su uso es de los más usuales en México para demostrar que el sujeto obligado no respondió a todas las preguntas o puntos que el peticionario hizo en su solicitud de acceso a información.

Al entender los aspectos básicos del recurso de revisión, un ejemplo de una estructura sería: “El sujeto obligado respondió el 4 de marzo del 2023 a la solicitud de acceso a la información 12345678, pero incumplió con los principios de …”, para de inmediato exponer las razones de la inconformidad.

Un ejemplo para usar el recurso de revisión sería revelar la compra de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) del gobierno federal de Pegasus, un malware para intervenir dispositivos y acceder a su información que tiene antecedentes de abuso por parte de autoridades mexicanas.

En un principio, el comprador de Pegasus clasificó las adquisiciones, pero esto incumplió con el principio de máxima publicidad, al ser información de interés público que confirmó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el pasado 6 de febrero que ratificó transparentar las adquisiciones.

Otro caso para presentar el recurso de revisión sería pedir a fiscalías la cantidad de investigaciones por feminicidio, municipios en los que se iniciaron y número de víctimas, digamos, no responde la localidad en la que se comenzó la indagatoria, puede argumentarse el principio de congruencia y exhaustividad.

La razón por la que se incumplen los principios de congruencia y exhaustividad se debe a que la fiscalía tiene en su poder el municipio en el que se inició la investigación y, al no proporcionarlo, pese a que pudo dar respuesta, lo omitió y eso hace candidata a la solicitud a un recurso de revisión.

Podría presentarse el recurso de la siguiente manera: 

“El sujeto obligado respondió el 4 de marzo del 2023 a la solicitud de acceso a la información 12345678, pero incumplió con los principios de congruencia y exhaustividad, al no responder a todos los requerimientos, pues no proporcionó los municipios en los que se iniciaron las investigaciones, cuando se trata de información en su poder, como la reportan para hacer las estadísticas de incidencia delictiva. Por ello, el sujeto obligado puede contestar a cada una de las preguntas.

¿Qué pasa sí se rehúsan a responder?

Puede ocurrir que la autoridad gubernamental se mantenga renuente a entregar la información, pese a ganar el recurso de revisión; por lo que se deberá presentar una queja de incumplimiento.

Este proceso parece más intimidador de lo que parece. Lo primero que se debe hacer es marcar al instituto de transparencia local o federal que resolvió la queja, para solicitar el correo del funcionario responsable del seguimiento de todo el recurso de revisión, para enviarle un mensaje sobre la nueva inconformidad.

La nueva reclamación será un correo electrónico a sus áreas de vigilancia, para argumentar las razones por las que se considera que el sujeto obligado incumplió a atender la resolución del instituto de transparencia. Por ejemplo, sigue sin entregar la información completa y cuentas con evidencias que lo demuestran.

Otra razón podría ser que el instituto de transparencia ordenó entregar una versión pública de documentos, pero proporcionó algo distinto. Todos estos argumentos se presentarán vía correo electrónico, bajo los criterios que te sugiera el responsable del seguimiento de tu caso.

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